Objetivo de la
unidad:
Analizar
los factores Físicos, Químicos y Biológicos idóneos para la prevención de enfermedades
de trabajo.
3.1
CONTAMINANTES Y TOXICOLOGÍA
El trabajador contemporáneo se
encuentra sometido hoy, por concepto de su actividad laboral diaria, a una
amplia variedad de factores y procesos potencialmente lesivos para su salud.
Estos factores y procesos de trabajo difieren sustancialmente en cuanto a su
naturaleza y magnitud, pudiéndose clasificar de la manera general siguiente:
• Factores y procesos de
naturaleza física
• Factores y procesos de
naturaleza química
• Factores y procesos de
naturaleza biológica
• Factores y procesos de
naturaleza ergonómica
• Factores y procesos de
naturaleza psicosocial
Todos estos factores y procesos
concomitan e interactúan necesariamente sobre el organismo del trabajador,
teniendo en cuenta su permanencia en el entorno laboral durante la jornada
diaria y durante toda su vida de trabajo.
En particular, la contaminación
del ambiente ocupacional por sustancias químicas se produce en los procesos de
trabajo como consecuencia directa o indirecta de la manipulación, empleo,
transportación y(o) almacenamiento de materiales y productos que generan o
dispersan gases, vapores y(o) partículas sólidas o liquidas en el aire. El
contacto del hombre con estas sustancias químicas posibilita su entrada al
organismo por diferentes vías, provocándole o no, de acuerdo con la dosis absorbida,
enfermedades u otras alteraciones en su estado de salud.
Normas que competen.
Contaminantes por sustancias
químicas
Objetivo: condiciones de
seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten,
procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el
medio ambiente laboral.
Para la correcta interpretación
de esta Norma, deben consultarse las siguientes Normas Oficiales Mexicanas
vigentes:
NOM-017-STPS-1994, Relativa al
equipo de protección personal para los trabajadores en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-1998, Colores y
señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos
conducidos en tuberías.
NOM-114-STPS-1994, Sistema para
la identificación y comunicación de riesgos por sustancias químicas en los
centros de trabajo. NOM-008-SCFI-1993, Sistema general de unidades de medida.
Ruido
Objetivo: Establecer las
condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere
ruido que, por sus características, niveles y tiempo de acción, sea capaz de
alterar la salud de los trabajadores; los niveles máximos y los tiempos máximos
permisibles de exposición por jornada de trabajo, su correlación y la
implementación de un programa de conservación de la audición.
Para la correcta interpretación
de esta Norma deben consultarse las siguientes normas oficiales mexicanas
vigentes:
NOM-017-STPS-1993, Relativa al
equipo de protección personal para los trabajadores en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-1998, Colores y
señales de seguridad e higiene e identificación de riesgos por fluidos
conducidos en tuberías.
Radiaciones ionizantes
Objetivo: Establecer las
condiciones de seguridad y salud para prevenir riesgos a los trabajadores
expuestos a fuentes de radiación ionizante, al centro de trabajo y a su
entorno.
Para la correcta interpretación
de esta Norma, se deberán consultar las siguientes normas oficiales mexicanas
vigentes, o las que las sustituyan:
NOM-005-NUCL-1994, Límites
anuales de incorporación (LAI) y concentraciones derivadas en aire (CDA) de
radionúclidos para el personal ocupacionalmente expuesto.
NOM-008-NUCL-2011, Control de la
contaminación radiactiva.
NOM-012-NUCL-2002, Requerimientos
y calibración de monitores de radiación ionizante.
NOM-026-NUCL-2011, Vigilancia
médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes.
NOM-031-NUCL-2011, Requisitos
para el entrenamiento del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones
ionizantes.
NOM-034-NUCL-2009, Requerimientos
de selección, calificación y entrenamiento del personal de centrales
nucleoeléctricas.
NOM-229-SSA1-2002, Salud
ambiental. Requisitos técnicos para las instalaciones, responsabilidades sanitarias,
especificaciones técnicas para los equipos y protección radiológica en
establecimientos de diagnóstico médico con rayos X.
NOM-017-STPS-2008, Equipo de
protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-2008, Colores y
señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos
conducidos en tuberías.
Radiaciones no ionizantes
Objetivo: Establecer las medidas
preventivas y de control en los centros de trabajo donde se generen radiaciones
electromagnéticas no ionizantes, para prevenir los riesgos a la salud de los
trabajadores que implican la exposición a dichas radiaciones.
Referencias: Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123 Apartado "A" fracción
XV; Ley Federal del Trabajo, artículos 512 y 527; Reglamento General de
Seguridad e Higiene en el Trabajo, título Octavo, capítulo IV.
Presiones ambientales anormales
Objetivo: Establecer las
condiciones de seguridad e higiene para prevenir y proteger la salud de los
trabajadores contra los riesgos que implique el desarrollo de actividades en
operaciones de buceo y en la exposición a presiones ambientales bajas.
Referencias: Al momento de
elaboración de la presente Norma, no existen normas oficiales mexicanas de
referencia.
Condiciones térmicas elevadas o
abatidas
Objetivo: Establecer las
condiciones de seguridad e higiene, los niveles y tiempos máximos permisibles
de exposición a condiciones térmicas extremas, que, por sus características,
tipo de actividades, nivel, tiempo y frecuencia de exposición, sean capaces de
alterar la salud de los trabajadores.
Para la correcta interpretación
de esta Norma deben consultarse las siguientes normas oficiales mexicanas
vigentes:
NOM-017-STPS-2001 Equipo de
protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-1998 Colores y
señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos
conducidos en tuberías.
Vibraciones
Objetivo: Establecer los límites
máximos permisibles de exposición y las condiciones mínimas de seguridad e
higiene en los centros de trabajo donde se generen vibraciones que, por sus características
y tiempo de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.
Referencias: Para la correcta
interpretación de esta Norma debe consultarse la siguiente Norma Oficial
Mexicana vigente o la que la sustituya: NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de
seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en
tuberías.
Iluminación
Objetivo: Establecer los
requerimientos de iluminación en las áreas de los centros de trabajo, para que
se cuente con la cantidad de iluminación requerida para cada actividad visual,
a fin de proveer un ambiente seguro y saludable en la realización de las tareas
que desarrollen los trabajadores.
Referencias: Para la correcta
interpretación de esta Norma, debe consultarse la siguiente norma oficial
mexicana vigente o la que la sustituya: NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de
unidades de medida.
3.2
ENFERMEDADES, IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL.
Riesgos Laborales.
La
actividad laboral en su sentido más amplio se expresa a través de la
interacción del hombre con los medios de trabajo, el régimen definido de una
determinada organización que tiene como objetivo la obtención de un producto o
la prestación de servicios.
A
su vez el desarrollo económico social implica un incremento de la diversidad,
complejidad y potencialidad de los riesgos determinados por la concentración y
desarrollo de tecnologías de avanzada, utilización creciente de fuentes de
energía más poderosas, desarrollo de novedosos productos y materias primas,
incremento de la rapidez y masividad de los medios de transporte y mayor
exigencia social por la calidad de la vida y la preservación de la salud y del
medio ambiente.
CITAS
Las
nuevas tecnologías en todos los aspectos, comparten nuevos riesgos y es
obligado determinar los niveles de esos nuevos riesgos para calibrar su
incidencia en la salud laboral.
No
es lo mismo garantizar y certificar la excelencia de un producto que la
seguridad de las personas en las empresas en las que trabajan.
Bajo
estas condiciones existe de forma implícita la presencia del riesgo que, como
amenaza a la estabilidad del funcionamiento de las organizaciones puede ser
definido como:
Riesgo: “Es
la posibilidad de ocurrencia de eventos indeseados como consecuencia de
condiciones potencialmente peligrosas creadas por las personas y por diferentes
factores o objetos”.
“La
palabra riesgo expresa la posibilidad de pérdida de la vida o daño a
la persona o propiedad”
Riesgo: “Combinación de la
probabilidad de que ocurra un daño y la gravedad de este”
Riesgo: “Es la posibilidad de que
ocurra un daño a la salud de las personas causado a través de accidentes,
enfermedades, incendios o averías.
Riesgo: “Es la probabilidad de que
la capacidad para ocasionar daños se actualice en las condiciones de
utilización o de exposición, así como la posible importancia de los daños.
Riesgo: “Es la probabilidad que se
presente un nivel de consecuencias económicas iniciales o ambientales en un
sitio en particular y durante un período de tiempo definido, se obtiene de
relacionar las amenazas con la vulnerabilidad de los elementos expuestos.
Riesgo: Posibilidad presente
de la ocurrencia de un hecho infausto”
Imagen referencia a riesgo locativo.*
Coincidiendo con las citas, riesgo es la posibilidad de que un trabajador o una institución sufran determinado daño derivado del trabajo.
Coincidiendo con las citas, riesgo es la posibilidad de que un trabajador o una institución sufran determinado daño derivado del trabajo.
1.5 Clasificación
de los riesgos.
Riesgos
Físicos
Uno de los primeros riesgos
físicos que encontramos es el ruido. Definimos ruido a una sensación
auditiva generalmente desagradable. Cuando escuchamos un ruido primero lo
apreciamos por el oído externo, después, la onda es recibida por el oído medio
que es donde está el tímpano. Posteriormente la señal pasa por una cadena de
huesecillos y la recibe el cerebro mediante unas células capilares. Cuando el
ruido es muy fuerte se activan las células capilares y hay riesgo de perder la
capacidad auditiva. Debemos protegernos con todas las medidas de seguridad
posibles. Cuando el ruido es muy fuerte se activan las células capilares y hay
riesgo de perder la capacidad auditiva. Debemos protegernos con todas las
medidas de seguridad posibles.
Otro riesgo físico posible es el
provocado por las vibraciones por todo tipo de maquinaria ya que
pueden afectar a la columna vertebral, dolores abdominales y digestivos,
dolores de cabeza…
El deslumbramiento, las sombras,
la fatiga y el reflejo son factores producido por la iluminación. Estos
elementos pueden producir un accidente por eso hay que vigilar con el tipo de
lámparas y respetar los niveles adecuados de luz.
La temperatura y la
humedad en el ambiente también pueden suponer un riesgo físico si son
excesivamente altas o bajas pues pueden producir efectos adversos en las
personas. Los valores ideales en el trabajo son 21ºC y 50% de humedad.
Las radiaciones ionizantes son
ondas electromagnéticas que alteran al estado físico sin percibirse en el
ambiente. Los efectos son graves a la larga, por eso hay que limitar las ondas
y tener un control médico.
Riesgos
Químicos
Son los producidos por procesos
químicos y por el medio ambiente. Las enfermedades como las alergias, la
asfixia o algún virus son producidas por la inhalación, absorción, o ingestión.
Para reducir este tipo de riesgos, podemos actuar en tres direcciones:
A.
Por un lado, sobre el foco
contaminante: sustituyendo productos, cambiando el proceso productivo, o
encerrando el proceso;
B.
Podemos actuar sobre el
medio con una limpieza del puesto de trabajo y con ventilación por
dilución.
C.
Por último, actuando sobre
el trabajador, dándole formación, rotando los puestos de trabajo, aislando al
empleado de la exposición y usando equipos de protección adecuados como
mascarillas y guantes.
Riesgos
Biológicos
Este tipo de riesgos son los
producidos por la posible exposición a microorganismos como los virus, las
bacterias, los parásitos o los hongos y que puedan dar lugar a diferentes
enfermedades.
Este tipo de riesgo laboral,
constituye uno de los principales factores de riesgo a los que están expuestos
principalmente los trabajadores de los centros sanitarios. Esencialmente su
transmisión se produce por vía respiratoria, sanguínea, digestiva… Para evitar
este tipo de riesgo se recomienda tener un control de las vacunas y sobretodo
protegerse con el equipo adecuado.
Riesgos
Ergonómicos
La ergonomía es la ciencia que
busca adaptarse de manera integral en el lugar de trabajo y al hombre. Los
principales factores de riesgo ergonómicos son: las posturas inadecuadas, el
levantamiento de peso, movimiento repetitivo. Puede causar daños físicos y
molestos.
Este tipo de riesgo ofrece cifras
relativamente altas ocupando el 60% de las enfermedades en puestos de trabajos
y el 25% se deben a la manipulación de descargas. Cuando levantamos peso la
espalda tiene que estar completamente recta y las rodillas flexionadas. Si son
trabajos físicos, antes de empezar debemos estirar los músculos y las
articulaciones para evitar futuras lesiones. Hay que utilizar métodos seguros
en todo momento.
Riesgos
Psicosociales
Existen muchos tipos de riesgos
de esta naturaleza, que nos pueden afectar a todos nosotros en algún momento de
nuestra vida laboral, pero entre ellos podemos destacar el estrés, derivado de
un ritmo de trabajo elevado, la fatiga laboral, la monotonía. Para su
prevención, se recomienda, si no fuera posible cambiar de tarea o de horario de
trabajo, unos ejercicios que consisten en la realización de ligeros movimientos
para relajar la musculatura del cuello, espalda y brazos. E idealmente,
realizar pausas cortas de unos 10 minutos cada hora y media en el trabajo. Debemos
tener como mínimo un descanso de 15 minutos a partir de las 6 horas. La
estabilidad y un buen ambiente nos ayudaran a disminuir estos riesgos.
Riesgos
Mecánicos
Este tipo de riesgos pueden
producirse al llevar a cabo acciones que requieran utilizar herramientas
de cualquier tipo. Los accidentes que se pueden producir debido a este tipo de
riesgo, son aquellos en los que se producen lesiones corporales como golpes por
objetos proyectados o desprendidos, quemaduras, cortes, cualquier tipo de
contusión, aplastamientos… y suelen tener mayor problemática al llevar a cabo
trabajos en altura, superficies inseguras, un mal uso de las herramientas y el
uso de equipos defectuosos entre otros. Debemos asegurarnos siempre de revisar
la maquinaria en la que trabajamos para evitar posibles incidentes.
Se previenen teniendo en cuenta
la seguridad del producto, por lo que el equipo ha de estar con la
etiqueta de la CE (El marcado CE proviene del francés y significa
"Conformité Européenne" o de Conformidad Europea y es una marca
europea para ciertos grupos o productos industriales.) y cumpliendo unos
requisitos que garanticen seguridad; siguiendo las instrucciones del fabricante
en cuanto a su instalación y mantenimiento con personal especializado; y por
último, siguiendo las instrucciones del manual de utilización.
Riesgos
Ambientales
Este tipo de riesgos son los
únicos que no podemos controlar debido a que son la posibilidad de que se
produzca un daño o catástrofe por una acción humana o un fenómeno de tipo
natural. En función de su origen también se pueden denominar riesgos
naturales que serían los que se manifiestan dentro de la naturaleza como
la lluvia, la tempestad, las inundaciones… o riesgos antropogénicos que
son los derivados de acciones o actividades humanas.
La evaluación de los riesgos en los centros
laborales, instalaciones y puesto de trabajo se realiza de acuerdo a las características
particulares de cada lugar, con la participación de los trabajadores en los
lugares que necesiten hacer una evaluación inicial del riesgo o proceder a la
actualización de la existente.
Este procedimiento puede servir para cumplir de
forma rápida, sencilla y eficaz con la obligación de las entidades de poseer un
diagnóstico del nivel de seguridad existente en sus instalaciones y establecer
una política de prevención, basado en el mejoramiento continuo de las
condiciones de trabajo.
La evaluación deberá realizarse considerando la
información sobre la organización, las características y complejidad del
trabajo, los materiales utilizados, los equipos existentes y el estado de salud
de los trabajadores, valorando los riesgos en función de criterios objetivos
que brinden confianza sobre los resultados a alcanzar.
Cuando exista una ¨normativa¨ específica que debe
aplicarse, el procedimiento deberá ajustarse a las condiciones que la misma
establece y podrá adecuarse a normas o guías, cuando exija la realización de
mediciones, análisis, ensayos o cuando criterios complejos de evaluación deban
utilizarse.
Evaluaciones establecidas por legislaciones
vigentes.
En numerosas ocasiones la evaluación, exposición y
control de algunos de los riesgos presentes en las instalaciones o puestos,
pueden ser reguladas por documentos legales o procedimientos de organismos
ramales o de la propia entidad, debiéndose asegurar que se cumple con los
requisitos establecidos.
Evaluaciones impuestas por legislación sobre prevención
de riesgos.
Algunas normas que regulan aspectos de prevención de riesgos laborales y definen procedimientos para su evaluación y
control, por ejemplo las normas de ruido y vibraciones.
Su marco proviene de . . .
REGLAMENTO
FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Para mayor referencia sobre toxicología laboral podrá
consultar el siguiente link.
3.3 C OSTO DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES
Seguro de Riesgos de Trabajo. SRT
Este capítulo analiza la
situación financiera que guarda el Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT), y
presenta el estado de actividades y los resultados de la valuación actuarial
del seguro. El estado de actividades contiene dos versiones, con y sin registro
total del costo laboral del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP). También
se detallan las acciones emprendidas para dar mayor viabilidad financiera a
este seguro en el corto y largo plazos, atendiendo los dos objetivos
estratégicos institucionales: mejorar la calidad y calidez de los servicios al
otorgar las prestaciones a los asegurados y a los beneficiarios con derecho a
ellas, de forma expedita y transparente, y sanear financieramente al Instituto.
Introducción
El Seguro de Riesgos de Trabajo
protege al trabajador en caso de que sufra algún accidente o enfermedad
relacionado con el ejercicio del trabajo, o aquel que pudiera ocurrir al
trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa, y a los
beneficiarios del asegurado si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la
muerte. También beneficia a las empresas al relevarlas del cumplimiento de las
obligaciones que establece la Ley Federal del Tabajo (art. 45) sobre la
responsabilidad por esta clase de riesgos.
La actual Tabla de Enfermedades de Trabajo
está configurada por los siguientes grupos:
·
Enfermedades infecciosas y parasitarias
·
Cánceres de origen laboral
·
Enfermedades del sistema circulatorio, de la
sangre y órganos hematopoyéticos
·
Trastornos mentales
·
Enfermedades del sistema respiratorio
·
Enfermedades del sistema digestivo
·
Enfermedades de la piel y tejidos subcutáneos
·
Enfermedades del sistema osteomuscular y del
tejido conjuntivo
·
Intoxicaciones
·
Enfermedades del ojo y del oído
·
Enfermedades de endocrinología y
genito-urinarias
¿Quién
paga el coste económico de los accidentes y enfermedades?
Los accidentes y enfermedades tienen
efectos en la distribución del producto del trabajo:
- El sufrimiento que los accidentes y
enfermedades ocasionan a las víctimas y sus familiares, así como otros
daños intangibles, como podrían ser los efectos de pérdida de horizontes y
la sensación de inseguridad de los sectores más perjudicados, no pueden
ser cuantificados.
- El incremento de desigualdad social causado
por los accidentes laborales. Al hablar de costes sociales no sólo se
plantea la cuestión de cuáles son los sectores sociales que resultan
víctimas de los accidentes laborales (que resulta bastante obvia) sino los
efectos sobre la asignación del gasto público.
- El gasto público total tiene claras
implicaciones para el bienestar general, pero no refleja la distribución
entre sectores sociales. Los costes que el empleador no paga, lo pagan (además,
del trabajador que sufre el daño) las cuentas públicas. Ello hace que el
gasto público en salud y seguridad represente un trasvase regresivo de
recursos entre sectores sociales.
- Si el empleador paga, pero traslada los
costes al gran público mediante precios (o mediante impuestos, en el caso
de la Administración como empleador) los costes los asume el público
consumidor.
Coste
humano: El coste humano lo constituye el daño que sufren las personas
directamente afectadas como el que sufren sus allegados. Supone desde las lesiones
físicas para el trabajador/a que lo sufre, que implican dolor, pérdida de
trabajo, necesidad de atenciones médicas y/o rehabilitación, hasta, en
determinados casos pérdida de autonomía personal, alteración de proyectos de
vida, minusvalías, etc. Los allegados también sufren el coste de
la pérdida de familiares por consecuencias fatales, cuando esto ocurre.
Coste económico: El coste económico está formado por todos los gastos y pérdidas materiales que el accidente ocasiona, para la persona y su familia, así como el coste del deterioro de materiales y equipos y pérdida de tiempo de trabajo para la empresa y sus compañías aseguradoras, costes para las arcas públicas, para la sociedad en general, etc.
El
coste para las empresas. El coste de la prevención
Para actuar contra los accidentes y las
enfermedades hay que saber sus causas. Cuando las causas son equipos o
instalaciones inadecuadas, entonces se imponen inversiones para su renovación.
Estas suelen ser costosas, pero también suelen ser ineludibles. Por ejemplo,
ante una instalación eléctrica obsoleta, e inadecuada para la carga que
soporta, no hay más remedio que renovarla. La paradoja es que lo que sucederá cuando
se realice la inversión es que mejorarán los resultados económicos debido a que
dejarán de haber paradas productivas por corte de suministro debido a la
sobrecarga. Este ejemplo, nos ilustra que los costes de la prevención no pueden
separarse de los costes productivos. Es en este sentido que podemos decir que
la mayor parte de los costes de la prevención han de ser consideradas
inversiones productivas, y por lo tanto, inversiones rentables, y no sólo
costes. Los mismo puede decirse de cualquier mejora para la salud que implique
una renovación tecnológica: es muy posible que, gracias a la obligación de
cumplir con la normativa de ruido, la empresa vea aumentada su productividad.
Costes de los accidentes
Además, hablando en estos términos, un
segundo tipo de argumentaciones suele girar en torno a cuánto dinero pierde la
empresa al producirse accidentes o enfermedades. Aquí la idea
"prevencionista" suele ser que cuanto más abultado le demostremos a
la empresa que es su auténtico coste, más tendrá en cuenta la empresa la
prevención. A estos efectos, el argumento es que se debe prestar atención al
hecho de que además de los costes evidentes (también llamados visibles)
hay toda una serie de costes ocultos ("invisibles") que la empresa
asume, aunque no lo sepa. Estos costes se deben al impacto de los accidentes y
enfermedades sobre la actividad habitual de la empresa: disminuye la
producción, o las ventas, o empeoran los productos, o los servicios que la
empresa da, etc. y esto significa dinero. Aquí la idea es que, si la empresa
realizara una contabilidad detallada de estos costes, llegaría a la conclusión
de que debe prevenir.
- Costes visibles:
Son los costes evidentes: Todos aquellos que están en lista de los ocultos
(más abajo) pero se contabilicen pasan por definición a ser costes
visibles.
Algunas empresas incluyen aquí costes fijos que la empresa tiene en concepto de prevención y seguridad. Entonces incluyen todos los costes de personal, como equipos especiales. - Costes invisibles u ocultos: Hablaremos de costes ocultos solamente cuando
estos costes se produzcan efectivamente, y cuando la empresa no los
contabilice por separado, en una cuenta especial (en cuyo caso serían
costes visibles). Estos son costes variables, es decir que se producen sólo
y únicamente como resultado de que efectivamente se haya producido un
accidente, o enfermedad profesional. (Aunque en un sentido podríamos
incluir aquí cualquier enfermedad relacionada con el trabajo).
- Costes salariales: lo que el empresario paga,
pero no se trabaja, tanto por trabajadores afectados directamente como por
compañeras/os que dejan de trabajar hasta que se aclara lo sucedido, o por
el malestar producido, o por auxiliarle, etc.
- Costes derivados de la contratación de un
substituto: no sólo salariales, sino también seleccionar y dar de alta,
formarle, el tiempo que tarda en ser igualmente productivo/a, etc.
- Costes por pérdidas o daños de materiales,
equipos, etc. Los equipos dañados, o precintados por investigación, o la
elevación de primas de seguros de los equipos, etc.
- Pérdidas de ventas o clientes, daños a la
imagen de la empresa: Los accidentes dañan las funciones más básicas de
las empresas por no poder atender a tiempo los pedidos o dar atención a clientes.
- Complementos por incapacidad temporal: En
muchos convenios colectivos se especifica que, en caso de accidente, el
empresario asumirá, de su cargo, el complemento para que los trabajadores
afectados cobren el 100% de lo percibido en el mes anterior a la baja.
Esta situación se puede prolongar durante 18 meses.
- Recargos en prestaciones por omisión de
medidas de seguridad: prevee que la Inspección de Trabajo puede imponer a
la empresa que esta incremente en un 30% al 50% la prestación económica
que el trabajador o sus deudos reciben de la Seguridad Social. No está
permitido que el empresario tome un seguro para esta contingencia.
- Sanciones administrativas: Las sanciones
económicas previstas por infracciones muy graves pueden llegar a ser muy
altas. Estas se pueden aplicar por incumplimiento de medidas, aun cuando
todavía no se haya producido un accidente. También puede ser paralizada la
actividad, etc.
- Costes debidos a demandas por
responsabilidad civil: el trabajador, su familia o el sindicato pueden reclamar
por la vía civil. Esto generaría, además de la posible sanción civil,
costes de representación por abogados, honorarios por peritajes, tiempo
para acudir a testificar, etc.
- Costes por responsabilidad penal: Prevé un
delito de peligro por infracción de normas de prevención de riesgos
laborales o lesiones por imprudencia grave o profesional. Esto generaría,
además de la posible sanción penal, costes de abogados, honorarios de
peritos, tiempo para acudir a testificar, etc.
- En conclusión, de un accidente o enfermedad
se podrían derivar diversos tipos de costes, productivos o legales. Lo que
sucede en la realidad en otra cosa. Por una parte, no siempre se presentan
las demandas que es posible presentar. Por otra parte, no siempre se
imponen las sanciones que es posible imponer. Ello hace que el coste real
no sea tan gravoso para la empresa.
Son estudios españoles sobre los costos de enfermedades y
accidentes.
Página de inspecciones particulares.
http://www.inspeccion.com.mx/index.html
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