jueves, 14 de mayo de 2020

Unidad 3: HIGIENE EN EL TRABAJO

Objetivo de la unidad:

Analizar los factores Físicos, Químicos y Biológicos idóneos para la prevención de enfermedades de trabajo.



3.1 CONTAMINANTES Y TOXICOLOGÍA

El trabajador contemporáneo se encuentra sometido hoy, por concepto de su actividad laboral diaria, a una amplia variedad de factores y procesos potencialmente lesivos para su salud. Estos factores y procesos de trabajo difieren sustancialmente en cuanto a su naturaleza y magnitud, pudiéndose clasificar de la manera general siguiente:

• Factores y procesos de naturaleza física
• Factores y procesos de naturaleza química
• Factores y procesos de naturaleza biológica
• Factores y procesos de naturaleza ergonómica
• Factores y procesos de naturaleza psicosocial

Todos estos factores y procesos concomitan e interactúan necesariamente sobre el organismo del trabajador, teniendo en cuenta su permanencia en el entorno laboral durante la jornada diaria y durante toda su vida de trabajo.

En particular, la contaminación del ambiente ocupacional por sustancias químicas se produce en los procesos de trabajo como consecuencia directa o indirecta de la manipulación, empleo, transportación y(o) almacenamiento de materiales y productos que generan o dispersan gases, vapores y(o) partículas sólidas o liquidas en el aire. El contacto del hombre con estas sustancias químicas posibilita su entrada al organismo por diferentes vías, provocándole o no, de acuerdo con la dosis absorbida, enfermedades u otras alteraciones en su estado de salud.



Normas que competen.


1.       NOM-010-STPS-1999
Contaminantes por sustancias químicas

Objetivo: condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

Para la correcta interpretación de esta Norma, deben consultarse las siguientes Normas Oficiales Mexicanas vigentes:

NOM-017-STPS-1994, Relativa al equipo de protección personal para los trabajadores en los centros de trabajo.

NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

NOM-114-STPS-1994, Sistema para la identificación y comunicación de riesgos por sustancias químicas en los centros de trabajo. NOM-008-SCFI-1993, Sistema general de unidades de medida.


2.       NOM-011-STPS-2001
Ruido

Objetivo: Establecer las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido que, por sus características, niveles y tiempo de acción, sea capaz de alterar la salud de los trabajadores; los niveles máximos y los tiempos máximos permisibles de exposición por jornada de trabajo, su correlación y la implementación de un programa de conservación de la audición.
Para la correcta interpretación de esta Norma deben consultarse las siguientes normas oficiales mexicanas vigentes:

NOM-017-STPS-1993, Relativa al equipo de protección personal para los trabajadores en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.


3.       NOM-012-STPS-2012
Radiaciones ionizantes

Objetivo: Establecer las condiciones de seguridad y salud para prevenir riesgos a los trabajadores expuestos a fuentes de radiación ionizante, al centro de trabajo y a su entorno.
Para la correcta interpretación de esta Norma, se deberán consultar las siguientes normas oficiales mexicanas vigentes, o las que las sustituyan:
NOM-005-NUCL-1994, Límites anuales de incorporación (LAI) y concentraciones derivadas en aire (CDA) de radionúclidos para el personal ocupacionalmente expuesto.
NOM-008-NUCL-2011, Control de la contaminación radiactiva.
NOM-012-NUCL-2002, Requerimientos y calibración de monitores de radiación ionizante.
NOM-026-NUCL-2011, Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes.
NOM-031-NUCL-2011, Requisitos para el entrenamiento del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes.
NOM-034-NUCL-2009, Requerimientos de selección, calificación y entrenamiento del personal de centrales nucleoeléctricas.
NOM-229-SSA1-2002, Salud ambiental. Requisitos técnicos para las instalaciones, responsabilidades sanitarias, especificaciones técnicas para los equipos y protección radiológica en establecimientos de diagnóstico médico con rayos X.
NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

4.       NOM-013-STPS-1993
Radiaciones no ionizantes
Objetivo: Establecer las medidas preventivas y de control en los centros de trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes, para prevenir los riesgos a la salud de los trabajadores que implican la exposición a dichas radiaciones.
Referencias: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123 Apartado "A" fracción XV; Ley Federal del Trabajo, artículos 512 y 527; Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, título Octavo, capítulo IV.

5.       NOM-014-STPS-2000
Presiones ambientales anormales
Objetivo: Establecer las condiciones de seguridad e higiene para prevenir y proteger la salud de los trabajadores contra los riesgos que implique el desarrollo de actividades en operaciones de buceo y en la exposición a presiones ambientales bajas.
Referencias: Al momento de elaboración de la presente Norma, no existen normas oficiales mexicanas de referencia.

6.       NOM-015-STPS-2001
Condiciones térmicas elevadas o abatidas
Objetivo: Establecer las condiciones de seguridad e higiene, los niveles y tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas, que, por sus características, tipo de actividades, nivel, tiempo y frecuencia de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.
Para la correcta interpretación de esta Norma deben consultarse las siguientes normas oficiales mexicanas vigentes:
NOM-017-STPS-2001 Equipo de protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-1998 Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

7.       NOM-024-STPS-2001
Vibraciones
Objetivo: Establecer los límites máximos permisibles de exposición y las condiciones mínimas de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen vibraciones que, por sus características y tiempo de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.
Referencias: Para la correcta interpretación de esta Norma debe consultarse la siguiente Norma Oficial Mexicana vigente o la que la sustituya: NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

8.       NOM-025-STPS-2008
Iluminación
Objetivo: Establecer los requerimientos de iluminación en las áreas de los centros de trabajo, para que se cuente con la cantidad de iluminación requerida para cada actividad visual, a fin de proveer un ambiente seguro y saludable en la realización de las tareas que desarrollen los trabajadores.
Referencias: Para la correcta interpretación de esta Norma, debe consultarse la siguiente norma oficial mexicana vigente o la que la sustituya: NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida.




3.2 ENFERMEDADES, IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL.

Riesgos Laborales.
La actividad laboral en su sentido más amplio se expresa a través de la interacción del hombre con los medios de trabajo, el régimen definido de una determinada organización que tiene como objetivo la obtención de un producto o la prestación de servicios.
A su vez el desarrollo económico social implica un incremento de la diversidad, complejidad y potencialidad de los riesgos determinados por la concentración y desarrollo de tecnologías de avanzada, utilización creciente de fuentes de energía más poderosas, desarrollo de novedosos productos y materias primas, incremento de la rapidez y masividad de los medios de transporte y mayor exigencia social por la calidad de la vida y la preservación de la salud y del medio ambiente.

CITAS
Las nuevas tecnologías en todos los aspectos, comparten nuevos riesgos y es obligado determinar los niveles de esos nuevos riesgos para calibrar su incidencia en la salud laboral.
No es lo mismo garantizar y certificar la excelencia de un producto que la seguridad de las personas en las empresas en las que trabajan.
Bajo estas condiciones existe de forma implícita la presencia del riesgo que, como amenaza a la estabilidad del funcionamiento de las organizaciones puede ser definido como:
Riesgo: “Es la posibilidad de ocurrencia de eventos indeseados como consecuencia de condiciones potencialmente peligrosas creadas por las personas y por diferentes factores o objetos”.
“La palabra riesgo expresa la posibilidad de pérdida de la vida o daño a la persona o propiedad” 
Riesgo: “Combinación de la probabilidad de que ocurra un daño y la gravedad de este” 
Riesgo: “Es la posibilidad de que ocurra un daño a la salud de las personas causado a través de accidentes, enfermedades, incendios o averías.
Riesgo: “Es la probabilidad de que la capacidad para ocasionar daños se actualice en las condiciones de utilización o de exposición, así como la posible importancia de los daños.
Riesgo: “Es la probabilidad que se presente un nivel de consecuencias económicas iniciales o ambientales en un sitio en particular y durante un período de tiempo definido, se obtiene de relacionar las amenazas con la vulnerabilidad de los elementos expuestos.
Riesgo:  Posibilidad presente de la ocurrencia de un hecho infausto”

Imagen referencia a riesgo locativo.*

Coincidiendo con las citas, riesgo es la posibilidad de que un trabajador o una institución sufran determinado daño derivado del trabajo.


1.5 Clasificación de los riesgos.

Riesgos Físicos


Uno de los primeros riesgos físicos que encontramos es el ruido. Definimos ruido a una sensación auditiva generalmente desagradable. Cuando escuchamos un ruido primero lo apreciamos por el oído externo, después, la onda es recibida por el oído medio que es donde está el tímpano. Posteriormente la señal pasa por una cadena de huesecillos y la recibe el cerebro mediante unas células capilares. Cuando el ruido es muy fuerte se activan las células capilares y hay riesgo de perder la capacidad auditiva. Debemos protegernos con todas las medidas de seguridad posibles. Cuando el ruido es muy fuerte se activan las células capilares y hay riesgo de perder la capacidad auditiva. Debemos protegernos con todas las medidas de seguridad posibles.

 

Otro riesgo físico posible es el provocado por las vibraciones por todo tipo de maquinaria ya que pueden afectar a la columna vertebral, dolores abdominales y digestivos, dolores de cabeza…

 

El deslumbramiento, las sombras, la fatiga y el reflejo son factores producido por la iluminación. Estos elementos pueden producir un accidente por eso hay que vigilar con el tipo de lámparas y respetar los niveles adecuados de luz.

 

La temperatura y la humedad en el ambiente también pueden suponer un riesgo físico si son excesivamente altas o bajas pues pueden producir efectos adversos en las personas. Los valores ideales en el trabajo son 21ºC y 50% de humedad.

 

Las radiaciones ionizantes son ondas electromagnéticas que alteran al estado físico sin percibirse en el ambiente. Los efectos son graves a la larga, por eso hay que limitar las ondas y tener un control médico.

 

Riesgos Químicos

 

Son los producidos por procesos químicos y por el medio ambiente. Las enfermedades como las alergias, la asfixia o algún virus son producidas por la inhalación, absorción, o ingestión. Para reducir este tipo de riesgos, podemos actuar en tres direcciones:

 

A.    Por un lado, sobre el foco contaminante: sustituyendo productos, cambiando el proceso productivo, o encerrando el proceso;

 

B.    Podemos actuar sobre el medio con una limpieza del puesto de trabajo y con ventilación por dilución.

 

C.   Por último, actuando sobre el trabajador, dándole formación, rotando los puestos de trabajo, aislando al empleado de la exposición y usando equipos de protección adecuados como mascarillas y guantes.



 


Riesgos Biológicos

 

Este tipo de riesgos son los producidos por la posible exposición a microorganismos como los virus, las bacterias, los parásitos o los hongos y que puedan dar lugar a diferentes enfermedades.

 

Este tipo de riesgo laboral, constituye uno de los principales factores de riesgo a los que están expuestos principalmente los trabajadores de los centros sanitarios. Esencialmente su transmisión se produce por vía respiratoria, sanguínea, digestiva… Para evitar este tipo de riesgo se recomienda tener un control de las vacunas y sobretodo protegerse con el equipo adecuado.



 

Riesgos Ergonómicos

 

La ergonomía es la ciencia que busca adaptarse de manera integral en el lugar de trabajo y al hombre. Los principales factores de riesgo ergonómicos son: las posturas inadecuadas, el levantamiento de peso, movimiento repetitivo. Puede causar daños físicos y molestos.

 

Este tipo de riesgo ofrece cifras relativamente altas ocupando el 60% de las enfermedades en puestos de trabajos y el 25% se deben a la manipulación de descargas. Cuando levantamos peso la espalda tiene que estar completamente recta y las rodillas flexionadas. Si son trabajos físicos, antes de empezar debemos estirar los músculos y las articulaciones para evitar futuras lesiones. Hay que utilizar métodos seguros en todo momento.





 

 

Riesgos Psicosociales

 

Existen muchos tipos de riesgos de esta naturaleza, que nos pueden afectar a todos nosotros en algún momento de nuestra vida laboral, pero entre ellos podemos destacar el estrés, derivado de un ritmo de trabajo elevado, la fatiga laboral, la monotonía. Para su prevención, se recomienda, si no fuera posible cambiar de tarea o de horario de trabajo, unos ejercicios que consisten en la realización de ligeros movimientos para relajar la musculatura del cuello, espalda y brazos. E idealmente, realizar pausas cortas de unos 10 minutos cada hora y media en el trabajo. Debemos tener como mínimo un descanso de 15 minutos a partir de las 6 horas. La estabilidad y un buen ambiente nos ayudaran a disminuir estos riesgos.



 

Riesgos Mecánicos

 

Este tipo de riesgos pueden producirse al llevar a cabo acciones que requieran utilizar herramientas de cualquier tipo. Los accidentes que se pueden producir debido a este tipo de riesgo, son aquellos en los que se producen lesiones corporales como golpes por objetos proyectados o desprendidos, quemaduras, cortes, cualquier tipo de contusión, aplastamientos… y suelen tener mayor problemática al llevar a cabo trabajos en altura, superficies inseguras, un mal uso de las herramientas y el uso de equipos defectuosos entre otros. Debemos asegurarnos siempre de revisar la maquinaria en la que trabajamos para evitar posibles incidentes.

 

Se previenen teniendo en cuenta la seguridad del producto, por lo que el equipo ha de estar con la etiqueta de la CE (El marcado CE proviene del francés y significa "Conformité Européenne" o de Conformidad Europea y es una marca europea para ciertos grupos o productos industriales.) y cumpliendo unos requisitos que garanticen seguridad; siguiendo las instrucciones del fabricante en cuanto a su instalación y mantenimiento con personal especializado; y por último, siguiendo las instrucciones del manual de utilización.

 


 

Riesgos Ambientales

 


Este tipo de riesgos son los únicos que no podemos controlar debido a que son la posibilidad de que se produzca un daño o catástrofe por una acción humana o un fenómeno de tipo natural. En función de su origen también se pueden denominar riesgos naturales que serían los que se manifiestan dentro de la naturaleza como la lluvia, la tempestad, las inundaciones… o riesgos antropogénicos que son los derivados de acciones o actividades humanas.

La evaluación de los riesgos en los centros laborales, instalaciones y puesto de trabajo se realiza de acuerdo a las características particulares de cada lugar, con la participación de los trabajadores en los lugares que necesiten hacer una evaluación inicial del riesgo o proceder a la actualización de la existente.
Este procedimiento puede servir para cumplir de forma rápida, sencilla y eficaz con la obligación de las entidades de poseer un diagnóstico del nivel de seguridad existente en sus instalaciones y establecer una política de prevención, basado en el mejoramiento continuo de las condiciones de trabajo.
La evaluación deberá realizarse considerando la información sobre la organización, las características y complejidad del trabajo, los materiales utilizados, los equipos existentes y el estado de salud de los trabajadores, valorando los riesgos en función de criterios objetivos que brinden confianza sobre los resultados a alcanzar.
Cuando exista una ¨normativa¨ específica que debe aplicarse, el procedimiento deberá ajustarse a las condiciones que la misma establece y podrá adecuarse a normas o guías, cuando exija la realización de mediciones, análisis, ensayos o cuando criterios complejos de evaluación deban utilizarse.
Evaluaciones establecidas por legislaciones vigentes.
En numerosas ocasiones la evaluación, exposición y control de algunos de los riesgos presentes en las instalaciones o puestos, pueden ser reguladas por documentos legales o procedimientos de organismos ramales o de la propia entidad, debiéndose asegurar que se cumple con los requisitos establecidos.
Evaluaciones impuestas por legislación sobre prevención de riesgos.
Algunas normas que regulan aspectos de prevención de riesgos laborales y definen procedimientos para su evaluación y control, por ejemplo las normas de ruido y vibraciones.
Su marco proviene de . . .

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO


Para mayor referencia sobre toxicología laboral podrá consultar el siguiente link.



3.3 COSTO DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES

Seguro de Riesgos de Trabajo. SRT

Este capítulo analiza la situación financiera que guarda el Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT), y presenta el estado de actividades y los resultados de la valuación actuarial del seguro. El estado de actividades contiene dos versiones, con y sin registro total del costo laboral del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP). También se detallan las acciones emprendidas para dar mayor viabilidad financiera a este seguro en el corto y largo plazos, atendiendo los dos objetivos estratégicos institucionales: mejorar la calidad y calidez de los servicios al otorgar las prestaciones a los asegurados y a los beneficiarios con derecho a ellas, de forma expedita y transparente, y sanear financieramente al Instituto.

Introducción
El Seguro de Riesgos de Trabajo protege al trabajador en caso de que sufra algún accidente o enfermedad relacionado con el ejercicio del trabajo, o aquel que pudiera ocurrir al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa, y a los beneficiarios del asegurado si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la muerte. También beneficia a las empresas al relevarlas del cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley Federal del Tabajo (art. 45) sobre la responsabilidad por esta clase de riesgos.


La actual Tabla de Enfermedades de Trabajo está configurada por los siguientes grupos:
·         Enfermedades infecciosas y parasitarias
·         Cánceres de origen laboral
·         Enfermedades del sistema circulatorio, de la sangre y órganos hematopoyéticos
·         Trastornos mentales
·         Enfermedades del sistema respiratorio
·         Enfermedades del sistema digestivo
·         Enfermedades de la piel y tejidos subcutáneos
·         Enfermedades del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo
·         Intoxicaciones
·         Enfermedades del ojo y del oído
·         Enfermedades de endocrinología y genito-urinarias


¿Quién paga el coste económico de los accidentes y enfermedades?
Los accidentes y enfermedades tienen efectos en la distribución del producto del trabajo:
  • El sufrimiento que los accidentes y enfermedades ocasionan a las víctimas y sus familiares, así como otros daños intangibles, como podrían ser los efectos de pérdida de horizontes y la sensación de inseguridad de los sectores más perjudicados, no pueden ser cuantificados.
     
  • El incremento de desigualdad social causado por los accidentes laborales. Al hablar de costes sociales no sólo se plantea la cuestión de cuáles son los sectores sociales que resultan víctimas de los accidentes laborales (que resulta bastante obvia) sino los efectos sobre la asignación del gasto público.

  • El gasto público total tiene claras implicaciones para el bienestar general, pero no refleja la distribución entre sectores sociales. Los costes que el empleador no paga, lo pagan (además, del trabajador que sufre el daño) las cuentas públicas. Ello hace que el gasto público en salud y seguridad represente un trasvase regresivo de recursos entre sectores sociales.
     
  • Si el empleador paga, pero traslada los costes al gran público mediante precios (o mediante impuestos, en el caso de la Administración como empleador) los costes los asume el público consumidor.


Coste humano: El coste humano lo constituye el daño que sufren las personas directamente afectadas como el que sufren sus allegados. Supone desde las lesiones físicas para el trabajador/a que lo sufre, que implican dolor, pérdida de trabajo, necesidad de atenciones médicas y/o rehabilitación, hasta, en determinados casos pérdida de autonomía personal, alteración de proyectos de vida, minusvalías, etc. Los allegados también sufren el coste de la pérdida de familiares por consecuencias fatales, cuando esto ocurre.

Coste económico: El coste económico está formado por todos los gastos y pérdidas materiales que el accidente ocasiona, para la persona y su familia, así como el coste del deterioro de materiales y equipos y pérdida de tiempo de trabajo para la empresa y sus compañías aseguradoras, costes para las arcas públicas, para la sociedad en general, etc.

El coste para las empresas. El coste de la prevención 
Para actuar contra los accidentes y las enfermedades hay que saber sus causas. Cuando las causas son equipos o instalaciones inadecuadas, entonces se imponen inversiones para su renovación. Estas suelen ser costosas, pero también suelen ser ineludibles. Por ejemplo, ante una instalación eléctrica obsoleta, e inadecuada para la carga que soporta, no hay más remedio que renovarla. La paradoja es que lo que sucederá cuando se realice la inversión es que mejorarán los resultados económicos debido a que dejarán de haber paradas productivas por corte de suministro debido a la sobrecarga. Este ejemplo, nos ilustra que los costes de la prevención no pueden separarse de los costes productivos. Es en este sentido que podemos decir que la mayor parte de los costes de la prevención han de ser consideradas inversiones productivas, y por lo tanto, inversiones rentables, y no sólo costes. Los mismo puede decirse de cualquier mejora para la salud que implique una renovación tecnológica: es muy posible que, gracias a la obligación de cumplir con la normativa de ruido, la empresa vea aumentada su productividad.

Costes de los accidentes
Además, hablando en estos términos, un segundo tipo de argumentaciones suele girar en torno a cuánto dinero pierde la empresa al producirse accidentes o enfermedades. Aquí la idea "prevencionista" suele ser que cuanto más abultado le demostremos a la empresa que es su auténtico coste, más tendrá en cuenta la empresa la prevención. A estos efectos, el argumento es que se debe prestar atención al hecho de que además de los costes evidentes (también llamados visibles) hay toda una serie de costes ocultos ("invisibles") que la empresa asume, aunque no lo sepa. Estos costes se deben al impacto de los accidentes y enfermedades sobre la actividad habitual de la empresa: disminuye la producción, o las ventas, o empeoran los productos, o los servicios que la empresa da, etc. y esto significa dinero. Aquí la idea es que, si la empresa realizara una contabilidad detallada de estos costes, llegaría a la conclusión de que debe prevenir.
  • Costes visibles: Son los costes evidentes: Todos aquellos que están en lista de los ocultos (más abajo) pero se contabilicen pasan por definición a ser costes visibles.
    Algunas empresas incluyen aquí costes fijos que la empresa tiene en concepto de prevención y seguridad. Entonces incluyen todos los costes de personal, como equipos especiales.
  • Costes invisibles u ocultos: Hablaremos de costes ocultos solamente cuando estos costes se produzcan efectivamente, y cuando la empresa no los contabilice por separado, en una cuenta especial (en cuyo caso serían costes visibles). Estos son costes variables, es decir que se producen sólo y únicamente como resultado de que efectivamente se haya producido un accidente, o enfermedad profesional. (Aunque en un sentido podríamos incluir aquí cualquier enfermedad relacionada con el trabajo).


Señalamos como costes "invisibles":
  • Costes salariales: lo que el empresario paga, pero no se trabaja, tanto por trabajadores afectados directamente como por compañeras/os que dejan de trabajar hasta que se aclara lo sucedido, o por el malestar producido, o por auxiliarle, etc.
  • Costes derivados de la contratación de un substituto: no sólo salariales, sino también seleccionar y dar de alta, formarle, el tiempo que tarda en ser igualmente productivo/a, etc.
  • Costes por pérdidas o daños de materiales, equipos, etc. Los equipos dañados, o precintados por investigación, o la elevación de primas de seguros de los equipos, etc.
  • Pérdidas de ventas o clientes, daños a la imagen de la empresa: Los accidentes dañan las funciones más básicas de las empresas por no poder atender a tiempo los pedidos o dar atención a clientes.
  • Complementos por incapacidad temporal: En muchos convenios colectivos se especifica que, en caso de accidente, el empresario asumirá, de su cargo, el complemento para que los trabajadores afectados cobren el 100% de lo percibido en el mes anterior a la baja. Esta situación se puede prolongar durante 18 meses.
  • Recargos en prestaciones por omisión de medidas de seguridad: prevee que la Inspección de Trabajo puede imponer a la empresa que esta incremente en un 30% al 50% la prestación económica que el trabajador o sus deudos reciben de la Seguridad Social. No está permitido que el empresario tome un seguro para esta contingencia.
  • Sanciones administrativas: Las sanciones económicas previstas por infracciones muy graves pueden llegar a ser muy altas. Estas se pueden aplicar por incumplimiento de medidas, aun cuando todavía no se haya producido un accidente. También puede ser paralizada la actividad, etc.
  • Costes debidos a demandas por responsabilidad civil: el trabajador, su familia o el sindicato pueden reclamar por la vía civil. Esto generaría, además de la posible sanción civil, costes de representación por abogados, honorarios por peritajes, tiempo para acudir a testificar, etc.
  • Costes por responsabilidad penal: Prevé un delito de peligro por infracción de normas de prevención de riesgos laborales o lesiones por imprudencia grave o profesional. Esto generaría, además de la posible sanción penal, costes de abogados, honorarios de peritos, tiempo para acudir a testificar, etc.
  • En conclusión, de un accidente o enfermedad se podrían derivar diversos tipos de costes, productivos o legales. Lo que sucede en la realidad en otra cosa. Por una parte, no siempre se presentan las demandas que es posible presentar. Por otra parte, no siempre se imponen las sanciones que es posible imponer. Ello hace que el coste real no sea tan gravoso para la empresa.
Son estudios españoles sobre los costos de enfermedades y accidentes.
Página de inspecciones particulares.
http://www.inspeccion.com.mx/index.html

miércoles, 15 de abril de 2020

Unidad 2: SEGURIDAD EN EL TRABAJO




OBJETIVO(S) GENERAL(ES) DE LA ASIGNATURA
 Establecer las condiciones óptimas de trabajo dentro de la empresa, tomando en cuenta al personal y las instalaciones de la misma.

Unidad 2   SEGURIDAD EN EL TRABAJO

PROPÓSITO(S) U OBJETIVO(S) DE LA UNIDAD

Reconocer los diferentes riesgos presentes en un centro de trabajo, así como sus medidas preventivas y correctivas en caso de presentarse un accidente laboral.

Secretaria del Trabajo y Previsión Social.



2.1 RIESGOS DE TRABAJO, IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL.

 EVALUACIÓN DE RIESGOS

Existe un riesgo intrínseco en el uso y manejo de materiales, máquinas y herramientas: pueden ser muy pesadas o de mucho volumen, tener superficies cortantes e irregulares, complejidad en su manejo, entre otros. También influyen las características fisicoquímicas de máquinas y herramientas y las formas de energía que utilizan. Los pisos húmedos, resbalosos y/o en mal estado, locales mal iluminados, ausencia de normas de trabajo seguro; falta de elementos de protección personal y de maquinaria segura o en buen estado, son factores de riesgo que generan gran cantidad de accidentes. Las características de temperatura, humedad, ventilación, composición del aire ambiental, etc., son factores que influyen en accidentes y enfermedades. 

Al conjunto de estos elementos, se les puede denominar factores materiales de riesgo, porque dependen de características materiales del trabajo, independientes de las personas que usen los elementos de trabajo. Sin embargo, son precisamente los seres humanos quienes aportan un conjunto de componentes que se denominan factores sociales del riesgo. Dentro de ellos se consideran aspectos individuales de las personas: edad, sexo, actitud hacia el trabajo y actitud frente al riesgo, así como sus capacidades para realizar su trabajo (calificación).

Estos elementos, permiten exponer que los actos inseguros en el ámbito laboral, son susceptibles de ocurrir por acción u omisión del trabajador, al incumplir un procedimiento, norma, reglamento o práctica segura establecida, que puede producir accidentes o enfermedades de trabajo. Entre estos tipos de actos se encuentran los siguientes: 

operar equipos de trabajo sin autorización; 
poner fuera de servicio los dispositivos de seguridad; 
usar equipos de trabajo defectuosos o de manera incorrecta; 
no utilizar los equipos de protección; 
cargar o mover incorrectamente los materiales; 
adoptar una posición inadecuada en los puestos de trabajo; 
levantar cargas manualmente en forma incorrecta; 
efectuar mantenimiento de equipos y maquinarias en funcionamiento; 
trabajar bajo los efectos del alcohol y/o drogas. 

Otro aspecto que se determina en la relación con otras personas, es el riesgo dependiente de la organización del trabajo y de las relaciones laborales. Factores de la organización del trabajo pueden ser determinantes del daño a la salud. 

Una jornada extensa (o un ritmo acelerado) puede resultar en fatiga del trabajador que se ve así expuesto a una mayor probabilidad de accidentarse. 

Los excesivos niveles de supervisión y vigilancia pueden terminar por desconcentrar al trabajador de su tarea. 

Otro factor importante es la claridad de las órdenes de trabajo y la coherencia entre los distintos niveles de mando.

·                     Facultades de las autoridades laborales
·                     Obligaciones de los patrones
·                     Obligaciones de los trabajadores
·                     NOM vigentes en materia de seguridad y salud en el trabajo


Para la OIT, la SST101 constituye una disciplina transversal muy amplia que abarca múltiples campos especializados. En su sentido más general, debe tender a los siguientes cometidos:

§ El fomento y el mantenimiento del grado más elevado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, sea cual fuere su ocupación;
§ La prevención entre los trabajadores de las consecuencias negativas que sus condiciones de trabajo pueden tener en la salud;
§ La protección de los trabajadores en su lugar de empleo frente a los riesgos a que puedan dar lugar los factores negativos para la salud;
§ La colocación y el mantenimiento de los trabajadores en un entorno laboral adaptado a sus necesidades físicas o mentales; y
§ La adaptación de la actividad laboral a los seres humanos.



Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Identificación, análisis y prevención.



FACTORES PSICOSOCIALES, CLASIFICACIÓN, IDENTIFICACIÓN Y CONSECUENCIAS EN LA SALUD LABORAL
http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/salud/estreslaboral/1erjornada/06-Factores-Consecuencias.pdf



2.2 ACCIDENTES DE TRABAJO, IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL.

En todos los trabajos, las empresas están obligadas a velar por la seguridad y salud de sus empleados, a través de la prevención de los riesgos laborales, con el fin de evitar accidentes y enfermedades a consecuencia de las tareas de los trabajadores, la cuales pueden afectar su calidad de vida. Y para esto se debe identificar dichos riesgos.

En el campo nacional el REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. En sus Artículos vienen cubiertos los aspectos de la identificación de los riesgos en el trabajo y las enfermedades laborales.


En relación a la prevención, las causas principales que ocasionan los accidentes de trabajo.

·         Exceso de confianza.
·         Actos Inseguros y mal uso de las herramientas.
·         Desorden en el lugar de trabajo.
·         Alzar pesos inadecuados.
·         Caída de objetos.
·         Resbalones y tropezones.
·         Fatiga y estrés.
·         Manejo de sustancias o situaciones peligrosas.

Por otro lado, también se deben identificar los aspectos del siguiente cuadro en las instalaciones o áreas de trabajo. Información de la secretaria de trabajo y previsión social.


  
Y de acuerdo al IMSS.

Los accidentes laborales pueden ser generados por:


Condiciones peligrosas
·         Métodos de trabajo y procedimientos de trabajo incorrectos.
·         Defectos en los equipos, maquinarias, herramientas de trabajo e instalaciones.
·         Incorrecta colocación de los materiales o productos en las áreas de trabajo.
·         Maquinarias y herramientas en mal estado.
·         Instalaciones con deficiente mantenimiento.
·         Falta de orden y limpieza en las áreas de trabajo.

 Actos inseguros

·         Provocar situaciones de riesgo que ponen en peligro a otras personas.
·         Usar de manera inapropiada las manos u otras partes del cuerpo.
·         Llevar a cabo actividades u operaciones sin previo adiestramiento.
·         Operar equipos sin autorización.
·         Limpiar, engrasar o reparar maquinaria cuando se encuentra en movimiento.
·         No usar el equipo de protección personal.
La Recomendación sobre las prestaciones en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de 1964 (núm. 121), señala que todo Miembro debería, con arreglo a condiciones prescritas, considerar accidentes del trabajo los siguientes: ü Los accidentes sufridos durante las horas de trabajo en el lugar de trabajo o cerca de él, o en cualquier lugar donde el trabajador no se hubiera encontrado si no fuera debido a su empleo, sea cual fuere la causa del accidente; ü Los accidentes sufridos durante periodos razonables antes y después de las horas de trabajo, y que estén relacionados con el transporte, la limpieza, la preparación, la seguridad, la conservación, el almacenamiento o el empaquetado de herramientas o ropas de trabajo; ü Los accidentes sufridos en el trayecto directo entre el lugar de trabajo y: ü La residencia principal o secundaria del asalariado; o ü El lugar donde el asalariado toma habitualmente sus comidas; o ü El lugar donde el asalariado percibe habitualmente su remuneración. Para el caso de México, la Ley del Seguro Social en su Artículo 42, y el RFSST en su Artículo 3, fracción I consideran accidente de trabajo “toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste”. Asimismo, señala que, “también se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél”.

Medidas de prevención para los accidentes en el trabajo

Para evitar accidentes en las empresas o centros de trabajo, hay que aplicar técnicas, procedimientos y las mejores prácticas de prevención, como:

·         Realizar las actividades de acuerdo a los métodos y procedimientos establecidos.

    Usar la maquinaria, el equipo y las herramientas manuales, eléctricas, neumáticas o   portátiles, con los dispositivos de seguridad instalados.

·     Colocar de manera correcta los materiales o productos que se procesan en el centro de   trabajo.

·  Mantener orden y limpieza en todas las instalaciones, áreas, equipo, maquinaria y  herramienta, entre otras.

·       Utilizar el equipo de protección personal que proporciona la empresa.

     Funciones de la comisión mixta. 

     http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/dgsst/publicaciones/guias/Guia_019.pdf
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Principales causas de mortalidad por causa del trabajo en el mundo, 2001






2.3 COSTO DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO

México: cada accidente de trabajo cuesta 200 mil pesos | Prevención Integral & ORP Conference.20 jun. 2017.




En una de las paredes de la planta Baxter, firma que fabrica soluciones intravenosas y productos de terapia renal en Cuernavaca, Morelos, hay un reloj que registra el tiempo que lleva la compañía sin accidentes.


El aparato marca más de 10.8 millones de horas desde el último incidente, en agosto de 2012, cuando un empleado sufrió una lesión que le costó la amputación de un dedo.
Los descuidos en la operación de maquinaria o la falta de medidas de seguridad y mantenimiento en las instalaciones, son las causas de 1,000 muertes en promedio al año, según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Accidentes que tienen consecuencias a nivel social, legal y económico en las industrias.
"Cuando una empresa no acata las normas de higiene y seguridad en el trabajo, verá afectado el precio de sus acciones, tendrá una pérdida de imagen comercial que bajará su nivel de ventas y, seguramente, perderá clientes internacionales"

Las obligaciones
Si hay una muerte en la zona de trabajo, la obligación del empleador hacia la familia del fallecido es pagar una indemnización de 5,000 días de salario mínimo, que corresponden a 350,500 pesos, los cuales corren por cuenta del IMSS si el colaborador estaba asegurado, según apunta la Ley Federal del Trabajo en su artículo 502.
Esta responsabilidad desaparece si se demuestra que el empleado estaba bajo los efectos de alguna droga o alcohol, si cometió suicidio o el deceso fue consecuencia de una riña.
Además, mientras la empresa resuelve qué originó el hecho, deberá detener sus operaciones, será investigada y supervisada por las autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STSP) y atravesará un proceso para hacer adecuaciones que garanticen la seguridad de sus trabajadores.
La administración de la empresa tiene que difundir entre los trabajadores un mensaje positivo, claro y objetivo de lo que sucedió, que pueda convencer de que no es peligroso trabajar ahí.
"Las micro, pequeñas y medianas empresas tienen problemas porque su capacidad económica no es tan fuerte, les cuesta más cumplir con las normas. Esto no quiere decir que no lo puedan hacer: a la empresa se le permite que establezca los tiempos en que puede cumplir con las adecuaciones"
En 1995, la dependencia puso en marcha el Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST), primero en una versión piloto en el DF, Tijuana, Mexicali y Guadalajara, donde capacitaron a 200 maquiladoras de más de 50 empleados.
Actualmente se ha ampliado a todos los sectores y es voluntario. Su objetivo es prevenir y disminuir los accidentes y enfermedades laborales. Del año 2000 a noviembre de 2015, ha capacitado a 4,900 compañías y 2,000 obtuvieron el distintivo Empresa Segura. 
Las capacitaciones incluyen la identificación de buenas prácticas para generar recomendaciones para la utilización del equipo, con un enfoque de prevención. Afiliarse no tiene costo y el seguimiento tampoco; sin embargo, el gasto se genera en el proceso de adopción, al modificar la estructura de la empresa, pintar el equipo o rediseñar el espacio y capacitar al personal.
El beneficio para las empresas es real. "Quienes obtuvieron la certificación Empresa Segura y que buscan la revalidación a los tres años, han reducido su índice de accidentalidad en 80%"
41 normas oficiales
Si bien este esquema de una certificación internacional es voluntario, hay 41 normas oficiales mexicanas (NOM) de seguridad y salud en el trabajo que deben cumplirse, según el giro y tamaño de la empresa.
Para obligar a los empleadores a cumplir con las normas, en 2012 se modificó la Ley Federal del Trabajo y se estipuló como parte de la Reforma Laboral que las multas por incumplimiento, las cuales oscilaban entre tres y 350 salarios mínimos, aumentarían de 50 hasta 5,000 veces.
"Antes, una multa no le dolía al patrón, pues no le costaba pagarla. Al aumentarlas 16 veces queremos sensibilizarlo para que piense qué es más caro: pagarla o prevenir", refiere Mario Aguirre, subdirector de Promoción de la Normatividad de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la STPS.
La STPS realiza visitas de inspección a las empresas para comprobar periódicamente si cumplen. La ventaja es que, en las compañías de 15 empleados, la Secretaría tiene la encomienda de detectar problemas e inseguridades y darle a la firma, asesoría para que modifique sus prácticas e instalaciones.
La dependencia está en proceso de liberar una norma oficial que permita prevenir enfermedades psicosociales, detonadas por cargas mentales de trabajo, falta de dirección en una empresa, violencia, acoso o ciclos de sueño no respetados, entre otros.
¿Cómo actuar?
Según la Ley Federal del Trabajo, cualquier riesgo dentro de la empresa es responsabilidad del patrón, que además de la indemnización a la familia, deberá pagar la parte proporcional de las prestaciones devengadas: finiquito, aguinaldo, prima vacacional y de antigüedad.
Cuando los empleados son subcontratados en temporadas o por proyectos, la obligación de indemnización recae en la empresa de outsourcing. Si ésta no tiene dinero, tendrá que responder la compañía para la cual el empleado prestó sus servicios.
Si ninguna paga la indemnización, los familiares deberán ir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para presentar una querella.
Según el artículo 501 de la Ley (Artículo 501.- Tendrán derecho a recibir indemnización en los casos de muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial), quienes tienen derecho a la indemnización son la viuda o viudo que fueran dependientes económicos, hijos menores de 16 años o mayores si tienen una discapacidad. Si no los hay, podrá recibirla su última pareja y sus hijos.
Pese a la investigación, el negocio continúa. "Ninguna autoridad tiene derecho a cerrar la empresa, sólo podría haber una pausa, en lo que investigan qué sucedió.
Para monitorear el control de riesgo, todas las compañías deben contar con una Comisión de Seguridad e Higiene, formada por representantes de la empresa y de los empleados. Por el número de trabajadores, algunas deben instalar clínicas u hospitales.
Baxter, por ejemplo, cuenta con un centro de rehabilitación y un médico para sus empleados, ya que muchas de las tareas son repetitivas y pueden producir lesiones. Mientras tanto, el reloj sigue sumando horas con el marcador de cero accidentes.
Comprender los costos incluidos en un accidente de trabajo.
Conocer el coste de un accidente de trabajo con el método de Heinrich
Calcular el coste de un accidente de trabajo es una ardua, costosa y compleja tarea que no siempre estamos en disposición de poder realizar.
La situación ideal sería la de poder realizar un análisis detallado de todos los accidentes producidos en una empresa determinada en un periodo de tiempo concreto, calculando para cada uno de ellos todos los elementos de coste que pueden incidir en el accidente con objeto de llegar a determinar costes promedios para cada tipo de siniestro.  Lamentablemente hay pocas empresas que se puedan permitir este esfuerzo analítico.
Por ello se utilizan los métodos estimativos que, pese a no gozar de la exactitud del método anterior, nos ofrecen rápidamente una visión muy general de lo que pueden estar costando los accidentes para las empresas. Existen diversos métodos estimativos, pero hoy queremos destacar el famoso Método de Heinrich (método aprobado en las certificaciones internacionales de seguridad).
Herbert William Heinrich (1886-1962) fue un pionero de la seguridad industrial estadounidense en la década de 1930. Heinrich era un ingeniero de la división de ingeniería e inspección de la Travelers Insurance Company, cuando publicó su libro “Prevención de accidentes industriales, un enfoque científico” (Industrial Accident Prevention, A Scientific Approach) en 1931. Una conclusión empírica de su libro pasó a ser conocida como la ley de Heinrich.

La Ley de Heinrich, era la que establecía que por cada accidente de trabajo que produce una lesión grave o mortal, se producen 29 accidentes que dan lugar a lesiones leves y 300 incidentes o accidentes sin daños personales.



Además de la conocida Ley, de la que hablaremos en otra ocasión, el ingeniero también estableció un método sencillo para la estimación de los costes reales de los accidentes de trabajo que sigue siendo vigente hoy en día.

Heinrich introdujo el concepto de costes directos y costes indirectos y su famosa proporción ¼. Esta relación ha sido mantenida durante muchos años, pero posteriormente este valor fue actualizado en 1962, obteniéndose la relación 1/8.

El coste total de los accidentes se determina a partir de la siguiente suma:

Coste total (Ct) = Coste directo (Cd) + Coste indirecto (Ci)

El valor del Coste indirecto se obtiene a partir de la expresión Ci = α x Cd, siendo α un valor dependiente del tamaño de la empresa, actividad, ubicación, etc. adoptando como valor más generalizado de α = 4, con lo que resulta que Ct = Cd + (4 x Cd) = 5 x Cd, lo que permite deducir que el coste total del accidente equivale a cinco veces los costes directos, permitiendo su cálculo en función de los factores antes señalados.

Como referencia importante y comparativa, les dejo una página del ministerio de empleo y seguridad de España. A veces es interesante contrastar reglas y leyes con otros países, que también ofrecen información muy interesante en temas comunes.

Ingresen a la página y les invito a que realicen el llenado del calculador online




1.4 EQUIPO DE SEGURIDAD.

Según la NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. En el apartado 4.2 menciona que el equipo de protección personal (EPP) es el conjunto de elementos y dispositivos, diseñados específicamente para proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades que pudieran ser causadas por agentes o factores generados con motivo de sus actividades de trabajo y de la atención de emergencias.

Es muy importante saber que el equipo de protección personal debe ser la última opción, es decir se deberá utilizar siempre y cuando los riesgos no se puedan evitar o reducir lo suficientemente por los métodos o procedimientos de la organización de cada trabajo, por lo cual el equipo de protección personal se considera el último recurso de la cadena preventiva.

El EPP debe brindar una protección eficaz sin que sea un riesgo adicional para la persona que lo usa. Es obligación de la empresa o patrón dar a conocer los riesgos a los que están expuestos los trabajadores y determinar el EPP que deben de utilizar.

Sin embargo no solo se trata de usar el EPP sino que debe estar adecuado a la persona, es decir que sea de las mismas medidas de cada parte de su cuerpo, para que no sea incomodo realizar sus actividades con él, es por eso que se debe considerar el peso y el volumen del EPP y no debe ocasionar perdidas en las personas que lo utilizan, por ejemplo, capacidad respiratoria, visual y auditiva.

El EPP no tiene como objetivo el realizar una tarea o actividad sino proteger al trabajador de los riesgos que están presentes en su área de trabajo.

De igual forma los trabajadores deben participar en la capacitación y adiestramiento para saber cuándo es necesario el EPP, conocer el tipo de EPP que necesita, así como la revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final, aunque algunas veces esas indicaciones vienen incluidas en el manual de uso de cada EPP.
Existen algunas cosas que se excluyen de la definición del Equipo de Protección Personal y es la ropa de trabajo o uniformes comunes que no están diseñados o determinados para proteger la salud o la integridad física del trabajador, los equipos que son utilizados por el servicio de socorro y salvamento, el equipo de protección que se usa en los medios de transporte (cinturón de seguridad).

Como dato importante y que había sido mencionado anteriormente pero que debe quedar claro para la empresa tanto para los trabajadores es que es obligación del patrón proporcionar el EPP que sea requerido y del trabajador usarlo.

Es fundamental la participación de los supervisores, jefes de área y líderes de cada empresa en el control del buen uso y mantenimiento del EPP, de igual forma debe dar el ejemplo utilizándolo cada vez que este expuesto al riesgo en su área de trabajo.

1.    Equipo de seguridad personal.
2.    Video de conocimiento sobre equipo de protección.
Normas Oficiales Mexicanas
3.    NORMA Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
Al final de esta página web, hay 2 tablas. Use ambas para redactar un reporte de los EPP de sus empleados, usando su empresa creada en la unidad 1.
4.    Prevención de Accidentes en el Trabajo IMSS.
5.    Libro-Seguridad y salud en el trabajo en México-Avances, retos y desafíos




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